BECERRIL GARCÍA KEVIN EMMANUEL
BUBURRON CASTILLO ANDREA SIHEILY
CABALLERO SERRANO DAFNE GUADALUPE
CARRASCO AGUAYO LUIS ENRIQUE
CRUZ ESCOBAR VERÓNICA.
TEMA: “La protección de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes frente a la violencia sexual en América Latina”
Justificación:
El estudio de este tema es relevante, ya que este es consecuencia de múltiples problemas que tenemos como sociedad, es una manera de darnos cuenta que nuestros actos y los de nuestras autoridades tienen repercusiones en los derechos de la niñez.
Actos como el descuido de los hijos, la mala calidad de la educación, el subdesarrollo de los países, la ignorancia, el proteccionismo de mafias dentro de América Latina y la pobreza extrema concurren a que la violencia y la explotación sexual a menores sea más que evidente.
Objetivos:
1.- identificar las causas que ocasionan la violencia sexual en América Latina.
2.-conocer las medidas que se están tomando frente a este problema
3.-proponer algunas soluciones.
Hipótesis:
“La violencia sexual a niños y adolescentes de América latina, es consecuencia principalmente de la ignorancia y los bajos recursos económicos de las familias latinas”.
Introducción:
Se puede afirmar que desde hace más de una década el problema de la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes es considerado un tema emergente en la agenda de las Américas. Sin embargo no es sino hasta los últimos años que el mismo ha cobrado relevancia en la consideración político estratégica de los Estados. A medida que la cantidad de niños y niñas que se suman a la fuerza trabajadora de la región se va incrementando, el número de ellos y ellas que cae en las diferentes redes de la industria de la explotación sexual, cualesquiera sea el motivo, también aumenta. Este grave problema ha afectado significativamente a todos los países de América Latina sin excepción, a pesar de que la información disponible indica que Asia es la región más golpeada por el mismo. Según los informes de UNICEF existen 100 millones de niños y niñas abandonadas en todo el mundo, de los cuales 40 millones pertenecen a América Latina. Investigaciones de organismos no gubernamentales han apuntado que cerca de un 65% de los niños que se encuentran en situación de calle en las capitales de los países de América Latina se envuelven, de un modo u otro, en la explotación sexual. De estos, el 15% sobreviven de lo que obtienen por la prostitución y el 50% se ha involucrado de alguna forma en la prostitución aunque no de manera sistemática.
La explotación sexual presenta muchísimas dificultades y grandes desafíos para los gobiernos, las organizaciones no gubernamentales y las agencias intergubernamentales. En virtud de que América Latina presenta una gran diversidad desde el punto de vista cultural, social, económico y político y, más aún, una significativa variedad de etnias y razas que hacen de cada país un contexto diferente y particular, la definición clara del problema y las explicaciones del mismo se ven seriamente dificultadas para entender por qué todos los países de la región lo padecen.
Los factores que contribuyen a la ocurrencia de la explotación sexual son múltiples y variados, sin embargo el punto más difícil para erradicar el problema es llegar a entender aquellos elementos que lo propician y encontrar el camino para cambiarlos.
La Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes en América Latina.
En el caso de América Latina, muchas de las dificultades que enfrentan los países están relacionadas con su desarrollo como sociedades. La época colonial dejó huellas socioculturales que aún hoy en día dominan las relaciones sociales, como por ejemplo la diferencia en el trato según el sexo, la clase social, la raza y el grupo étnico. Estas relaciones a su vez modelan la identidad de hombres y mujeres, niños y adultos, ricos y pobres; identidades todas que han luchado permanentemente contra la dominación masculina, la explotación y el poder. Actitudes autoritarias, la mentalidad patriarcal, el machismo y la sumisión de la mujer, son condiciones todas que determinan el rol y el lugar de la mujer en la sociedad latinoamericana. Se trata de un sistema de control y dominio profundamente arraigado en la mentalidad de la gente, en particular en la de mujeres y niños, quienes en general se consideran como objetos y no como seres humanos con derechos y libertades. En este contexto, la mayoría de las víctimas que son violentadas sexualmente, prostituidas y explotadas son mujeres, muchas de ellas adolescentes y aún niñas. En consecuencia, la posición que ocupan las mujeres, las adolescentes, las niñas y los niños degradados, y la actitud de los hombres que participan en calidad de victimarios (en el marco de una sociedad silente y que tiende a ocultar el problema), constituyen uno de los elementos claves en la explotación sexual. Por ello, la existencia y la alta disponibilidad de un sector tan vulnerable que es susceptible de transformarse en la "oferta" de la industria sexual, solamente aumenta las probabilidades de encontrar altos índices de explotación en un país dado.
Además de la marginalización de mujeres y niños, la pobreza también juega un papel clave en la explotación sexual. "La estructura socioeconómica es injusta con evidentes disparidades en la distribución de la riqueza, la expansión urbana, las escasas opciones laborales y las crecientes necesidades de consumo, lo que hace a los sectores sociales más pobres y dentro de ellos a niñas y niños, vulnerables a la explotación sexual. Esta estructura contribuye a la reproducción y profundización de factores como la pobreza y la marginalidad."
A pesar de que la pobreza no está circunscrita al mundo en desarrollo, los niveles de pobreza en América Latina son muy altos y la mayoría de la población tiene condiciones de vida por debajo de lo mínimamente aceptable. Según el informe de CEPAL, UNICEF y SECIB de 2001 "La pobreza se redujo mucho menos entre los hogares con presencia de niños y adolescentes y su evolución no fue suficiente para reducir el aumento del número de aquellos que viven en esa condición. De este modo, al iniciarse el siglo XXI más de la mitad de los niños y adolescentes de la región son pobres y más de la mitad del total de pobres de la región son niños y adolescentes". Pero también la diferencia entre ricos y pobres se ha profundizado. Si se comparan los extremos de la distribución del ingreso en el mundo, la quinta parte más rica de la población disfruta de una porción del ingreso mundial 74 veces superior a la correspondiente a la quinta parte más pobre.
Según se estima, solamente un 12% de las personas que viven en los países más ricos del mundo están afectadas por la pobreza y, aún así, viven en condiciones comparativamente mejores que la de los pobres de los países en desarrollo.
Esta realidad ha obligado a muchas familias a buscar cualquier medio para generar un ingreso, hecho que implica que todo miembro de la familia debe salir a trabajar y contribuir con su parte para la supervivencia, incluidos los niños. La falta de cohesión familiar sumada a la falta de educación sobre la explotación sexual y la simple necesidad de sobrevivir, han empujado a los niños fuera de sus casas, a riesgo de ser sometidos a diferentes formas de violencia y explotación. A pesar de que la pobreza no es la única explicación para la ocurrencia de este fenómeno, sin lugar a duda tiene los elementos catalíticos necesarios para unir a muchos de los otros elementos.
Hoy en día con los avances tecnológicos y el aumento del movimiento entre países, la idea de fronteras se ha perdido. En el transcurso de este siglo el género humano ha avanzado tan rápidamente que ha dejado a muchos por el camino, que son quienes deben enfrentar las repercusiones de estos avances. Este fenómeno, conocido como globalización, amenaza las fuentes de ingreso de millones de seres humanos. Muchos de los dilemas que se nos presentan hoy en día son consecuencia de la globalización, entre ellos, el aumento del turismo que resulta en un aumento de la demanda de prostitutas, el mencionado abismo entre los sectores ricos y pobres y la rápida migración desde las zonas rurales hacia las áreas urbanas en una desesperada búsqueda de fuentes de trabajo.
Uno de los más notorios avances tecnológicos es el de Internet, que permite al usuario encontrar información sobre cualquier cosa, incluida la pornografía. La oferta de material pornográfico impacta, ya que el usuario puede elegir entre un incontable menú de sitios Web en los cuales se ofrecen niños participando en actividades sexuales. Este medio hizo posible la distribución impune de material pornográfico audiovisual a nivel mundial. Considerando la gran demanda por este tipo de pornografía, los niños y las niñas son utilizados para producir materiales que generan placer sexual en el usuario, siendo forzados y violentados por diversas vías que, como tales, siempre tienen consecuencias negativas para la víctima.
La industria del turismo también juega un papel muy importante en el aumento de la cantidad de niños explotados sexualmente. Los países latinoamericanos son cada vez más populares como lugares de descanso y relajamiento, y el creciente flujo de turistas que entran y salen de los países ha resultado en un aumento aún mayor de la cantidad de niños sexualmente explotados. Se ha sugerido incluso que el móvil detrás del aumento en los niveles de prostitución y especialmente de prostitución infantil, están directamente relacionados con el aumento del turismo.
Muy a menudo el turista tiene una concepción errónea de qué es lo culturalmente aceptado en ese país que visita. Creen que la cultura acepta esta forma de vida, y así el turista entiende que la sociedad acepta y consiente a la prostitución infantil. Con respecto a la oferta de servicios sexuales, es popular entre los turistas creer que la única fuente de ingresos de estas chicas y adolescentes pobres es la prostitución.
Mirando hacia atrás, se han señalado muchos factores que podrían contribuir a explicar por que el índice de explotación sexual es tan alto en los países de América Latina. Sin embargo, hay un punto más que deberá tomarse en consideración ya que es uno de los componentes de mayor influencia: la falta de un compromiso político sostenido para atender este problema. Si los gobiernos no proveen los fondos necesarios ni insertan en su agenda de infancia el fenómeno de la explotación sexual como de urgente consideración, entonces no cabe otra alternativa que esperar que el mismo continúe creciendo.
En 1996 la comunidad internacional se reunió por vez primera para abordar este problema desde la perspectiva de la Convención sobre los Derechos del Niño. Representantes de 122 países se reunieron en Estocolmo, Suecia, e intercambiaron información y opiniones que resultaron en la Declaración y el Plan de Acción de Estocolmo contra la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes. Veintidós de los 122 países participantes pertenecían a la región de América Latina. "El Congreso solicitó a todos los Estados su cooperación con organizaciones nacionales e internacionales y con la sociedad civil a fin de fomentar, crear, revisar y por sobre todo poner en práctica políticas de gobierno y sociales destinadas a proteger a los niños del abuso y la explotación sexuales. (ECPAT, UNICEF, Estocolmo, 1996).
Estado de Situación en las Américas a la luz de los Informes del Instituto Interamericano del Niño.
El Instituto Interamericano del Niño (IIN) elabora un informe anual al Secretario General de la OEA con el fin de evaluar los avances de los Estados Miembros de la organización en la lucha contra la explotación sexual. En el año 2003 el IIN presentó su Cuarto Informe (cuyo texto está disponible al finalizar este artículo). El mismo daba cuenta de un relevamiento realizado a los 34 Estados Miembros sobre el cumplimiento de las metas de Estocolmo y del Compromiso de Montevideo (emanado del Congreso Gubernamental Regional contra la Explotación Sexual Infantil realizado en noviembre de 2001).
Elementos básicos del Marco Legal Internacional.
Respecto al Marco Legal Internacional, muchos son los instrumentos que abordan y vinculan, directa o indirectamente, el tema de la explotación sexual. Desde la "Convención sobre Esclavitud, Servidumbre, Trabajos Forzados y Prácticas Similares" de 1926, pasando por la "Declaración Universal de Derechos Humanos" de 1948, la Legislación Humanitaria y para Refugiados (la Convención de 1951 y el Protocolo de 1967), la Convención sobre la Eliminación de toda Forma de Discriminación contra la Mujer de 1981, los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT): el Nº138 de 1976 (sobre la edad mínima de admisión al empleo) y el Nº 182 de 1999 (sobre las peores formas de trabajo infantil), hasta la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 que, como es sabido, constituye el eje paradigmático en materia de derechos de la niñez y la adolescencia y, finalmente, el Protocolo Opcional a la Convención sobre los Derechos del Niño referente a la Venta de Niños, Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en Material Pornográfico. En lo que hace a la Convención sobre los Derechos del Niño, este instrumento jurídico ha sido ratificado por todos los Estados del sistema de la OEA menos uno. En su Artículo 34 se establece en forma explícita:
"Los Estados Partes se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales. Con este fin, los Estados Partes tomarán, en particular, todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir:
a) La incitación o la coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual ilegal;
b) La explotación del niño en la prostitución u otras prácticas sexuales ilegales;
c) La explotación del niño en espectáculos o materiales pornográficos."
En cuanto al Protocolo Opcional, éste define una serie de medidas en los ámbitos jurídico, administrativo y de políticas sociales, que los Estados firmantes deberán adoptar a fin de garantizar la compatibilidad de la legislación nacional en términos de protección al niño, sensibilización del público en general, brindar la asistencia necesaria a las víctimas y asegurar la cooperación internacional mediante acuerdos multilaterales, regionales y bilaterales.
Compromisos Internacionales.
En materia de compromisos internacionales, cabe reiterar la importancia de la Declaración y el Plan de Acción del Primer Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de Niños y Adolescentes, realizado en Estocolmo, Suecia en 1996. Como se mencionó, en este congreso se asumió el compromiso de desarrollar planes de acción nacionales para la eliminación progresiva de la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en cinco áreas estratégicas, a saber:
- coordinación y cooperación (local, nacional, regional e internacional),
- prevención,
- protección,
- recuperación y reinserción, y
- participación de niños y adolescentes.
Con posterioridad al Congreso Mundial, otros eventos regionales fueron desarrollándose para dar seguimiento y coordinar acciones en las diferentes regiones del mundo. En el caso de América Latina y el Caribe, pueden mencionarse, entre otros:
La Reunión de Seguimiento del Congreso de Estocolmo que tuvo lugar en San José, Costa Rica, que contó con la participación de 133 representantes de organizaciones gubernamentales, no gubernamentales e internacionales. En ella se aprobó la "Declaración de San José", sobre la Tolerancia Cero a toda forma de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes. En su contenido, los gobiernos y la sociedad civil se comprometen a cumplir con sus obligaciones para con las víctimas, brindándoles un sistema integral y confiable en el que se les garantizara acceso a un sistema de administración de justicia sólida. También se estableció el compromiso de fortalecer las coaliciones nacionales e internacionales existentes relacionadas con la violencia sexual y que hubieran tenido efectos políticos y programáticos.
El también ya mencionado Congreso Gubernamental Regional sobre Explotación Sexual Infantil, llevado a cabo en Montevideo, Uruguay, del 7 al 9 de noviembre de 2001, bajo el patrocinio del IIN y de UNICEF, fue convocado como una actividad preliminar al II Congreso Mundial de Yokohama, Japón (concretado del 16 al 20 de diciembre del mismo año). Su objetivo fue el de analizar la situación de las Américas en relación al problema desde la perspectiva gubernamental, y aprobar un documento estratégico regional para ser presentado en Japón titulado: "Compromiso de Montevideo".
A fin de avanzar en el logro de los objetivos de la Declaración y el Plan de Acción de Estocolmo, el Compromiso de Montevideo propuso, entre otras, las siguientes recomendaciones:
- Elaborar campañas nacionales e internacionales a fin de aumentar la conciencia pública respecto a la explotación sexual
- Poner en práctica Planes de Acción en aquellos países que aún no cuentan con ellos
- Crear "procedimientos judiciales amigos de los niños", que atiendan de forma rápida, eficaz, respetuosa a sus necesidades en función de su edad y grado de desarrollo, donde se les escuche y se restituyan sus derechos.
- Aumentar la conciencia de los encargados de tomar decisiones políticas y entrenar a los profesionales que trabajan directamente en el tema, a fin de que sean capaces de detectar situaciones de riesgo e intervenir de forma efectiva
- Promover estrategias para la utilización de los recursos disponibles que permitan la puesta en práctica adecuada de Planes de Acción Nacionales y de otros instrumentos para combatir la explotación sexual. Por último, el Segundo Congreso Mundial de Yokohama emitió una declaración que reitera la importancia de una aplicación más efectiva de la Convención sobre los Derechos del Niño por parte de los Estados Miembros y subraya la convicción de la absoluta necesidad de proteger los derechos del niño contra la explotación sexual comercial bajo sus formas de prostitución infantil, pornografía infantil y tráfico de niños por fines sexuales.
El Marco Jurídico en los países latinoamericanos.
Uno de los hechos más relevantes en favor de la infancia y la adolescencia latinoamericana fue la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño por parte de todos los países del continente. A partir de 1990, con el advenimiento de esta normativa internacional, se inicia un movimiento en la región para la operacionalización de la Convención, por medio de adecuaciones en las legislaciones nacionales, en la tentativa de crear un eficiente y eficaz sistema de garantía de derechos capaz de promover cambios culturales, sociales y políticas en favor de la infancia y adolescencia.
En este escenario se inicia un proceso de reordenamiento jurídico, que trae como consecuencia inmediata un reordenamiento institucional, imponiendo la co-responsabilidad del Estado, de la Sociedad, de la Comunidad y de la Familia como ejes indispensables para la tutela de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Aunque en la mayoría de los países no existe todavía una legislación específica para tratar los crímenes sexuales contra niños, niñas y adolescentes, la doctrina de la protección integral, el concepto de niño como persona en condición peculiar de desarrollo, como sujeto de derechos y como persona con absoluta prioridad de atención, constituyen las bases paradigmáticas de la Convención sobre los Derechos del Niño, que pasan a ser incorporadas casi que en su integralidad en las legislaciones nacionales sobre derechos del niño y del adolescente. Dichas legislaciones agrupan a los niños como las personas desde el nacimiento hasta los 12 años de edad y a los adolescentes hasta los 18 años de edad.19
En este sentido, la cuestión del abuso y explotación sexual, de manera general, está colocada en la condición de exigibilidad jurídica. Siendo así, la tendencia actual, de sectores no gubernamentales y gubernamentales, es entender y asumir el abuso y explotación sexual de niños y adolescentes, en cualquiera de sus modalidades, en la dimensión de violación de derechos humanos y reconociendo que la atención a las víctimas es un derecho público del ciudadano niño y del ciudadano adolescente. Consecuentemente, se reconoce toda acción del Estado, como deber jurídicamente exigible.
Por otro lado, las formas de gestión de las políticas para la infancia y la adolescencia se insertan en una nueva configuración introduciendo los elementos de la descentralización, de la participación y de la democratización en las decisiones, como bases de la política de atención de la niñez y la adolescencia, inclusive para situaciones de vulnerabilidad o riesgo personal y social a las que están sometidas.
Por tanto, en concordancia con los compromisos asumidos, a nivel nacional e internacional, sobre todo con la Convención sobre los Derechos del Niño, la cuestión del abuso y explotación sexual de niños y adolescentes, contemplada en el artículo 34 de la referida Convención, se encuentra en un terreno propicio para la adecuación jurídico-social, desde la perspectiva de prevenir y erradicar esa cruel y vergonzosa violación a los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes.
Frente a los avances ya conquistados en el continente se pueden apuntar, entre otros, algunos países que ya contemplan en sus legislaciones la temática del abuso y explotación sexual:
Bolivia- Código del Menor, Ley 1403/92, artículo 177, ítem 3 expresa sobre la temática del abuso y explotación sexual de niños y adolescentes.
Brasil- Estatuto del Niño y del Adolescente, Ley 8069/90; el abuso y explotación sexual de niños y adolescentes son tratados en los artículos 130, 240 y 241.20
Costa Rica- Código de la Infancia y Adolescencia, Ley 7739/98, establece la protección jurídica social a las víctimas de abuso y explotación sexual en los aspectos generales de este marco jurídico.
Ecuador- Código de menores, Ley 170/92 y la Ley 2766/95 que reglamenta el artículo 248 del Código de menores. El abuso sexual es tipificado como una modalidad de malos tratos grave.
Guatemala- Código del Niño y de la Juventud, Decreto 78/96, Sección IV "Derecho a Protección Contra Tráfico, Secuestro y Venta de Niños y Adolescentes", artículo 52 y Sección VIII "Protección Contra Abuso y Explotación Sexual de Niños y Adolescentes", artículo 58.
Honduras- Código del Niño y del Adolescente, Decreto 287/98 - Título II, Capítulo I- "De la Protección del Niño en Situación de Riesgo, artículo 139, letra d".
Panamá- Código de la Familia, Ley 3/94. El abuso y explotación sexual están mencionados en el Libro Segundo - Título III, artículo 501, ítem 4 de la referida Ley.
República Dominicana- Código para Protección de Niños y Adolescentes. Segundo Libro, Capítulo I, artículo 121 y artículo 174 letra c, trata de la cuestión del abuso y explotación sexual.
Todo este movimiento latinoamericano, aún no fue suficiente para superar las carencias y/o fallas en el ámbito jurídico, político, social y cultural que envuelve el fenómeno del abuso y explotación sexual de niños y adolescentes.
En este sentido, frente al amplio mandato que tiene la OEA y los varios instrumentos jurídicos internacionales, el IIN, como organismo especializado de la OEA en materia de la infancia, adolescencia y familia, podrá desempeñar un edificante papel, contribuyendo para la construcción de un instrumento, de ámbito legislativo, que establezca a la luz de los avances ya consignados en la Convención sobre los Derechos del Niño, un paradigma jurídico de extensión regional.
CONCLUSIÓN:
Para finalizar el tema, podemos decir que efectivamente, las causas primordiales de la violencia sexual infantil están íntimamente ligadas con la pobreza, aunque también existe la explotación sexual en las personas de clase media.
Pero no es la única causa también la falta de educación sexual hace presa fácil a los niños de estos abusos, por eso creemos que la mejor solución a este problema es la educación sexual tanto para niños como para padres y el verdadero cumplimiento de las normas jurídicas tanto nacionales como internacionales.
Por lo tanto, las medidas legislativas, si bien serían necesarias, no son suficientes; se requiere de un cambio cultural que combata las pautas culturales que legitiman la violencia y el comportamiento autoritario; que refuerce la concepción del niño/a como sujeto.
También consideramos pertinente que si algún niño ha sido abusado, es absolutamente necesario que se denuncie al responsable, ya que la mayoría de veces no se lleva acabo la denuncia por que el abusador es del propio círculo familiar del afectado. Esto propiciara la condena de los responsables y su posible readaptación al medio para que finalmente estos acontecimientos no vuelvan a suceder.
Bibliografía consultada:
Barudy, J. (1998). El dolor invisible de la infancia. Una lectura ecosistémica del maltrato infantil. Editorial Paidós.
Batres, G. El lado Oculto de la Masculinidad. Tratamiento para ofensores.
Elms, R. Hostilidad, apatía, silencio y negación. Cómo ayudar a los adolescentes agresores incitándolos a que modifiquen su conducta. En Durrant, M. y White, Ch. (Comps) (1993). Terapia del abuso sexual. Gedisa. España.
Madanés, C. (1990). Sexo, amor y violencia. Editorial Paidos, España.
Miller, A. (1992). Por tu propio bien. Raíces de la violencia en la educación del niño. Tusquets Editores. España.